Un tribunal de Cipolletti resolvió un fallo que, además de la cuota alimentaria, definió un particular beneficio para la hija de la pareja.
Un divorcio conflictivo culminó con un acuerdo pleno gracias a la mediación, que incluyó la garantía que la hija adolescente podrá visitar todas las veces que desee a la mascota familiar. El papá se quedará en la casa donde vivían. Una vez que la mamá alquile una nueva vivienda, la joven podrá llevarse al animal.
El acuerdo fue ratificado por una sentencia del Juzgado de Familia de Cipolletti. En el fallo queda reflejado el régimen de comunicación de la niña con la mascota. La resolución también incluyó acuerdos sobre la cuota alimentaria.
Se determinó que el progenitor abonará el 20 por ciento de sus ingresos ordinarios y extraordinarios en concepto de cuota alimentaria para la hija menor de edad, con depósito en una cuenta bancaria específica y posibilidad de retención directa en caso de incumplimiento.
Nada de comentarios 'inapropiados'
Respecto a la vinculación entre la adolescente y su padre, se estableció que el contacto se desarrollará respetando su autonomía progresiva. El papá se comprometió a no realizar comentarios sobre la relación entre los adultos ni involucrar a la adolescente en temas personales.
Asimismo, se pactó que ambas partes certificarán la asistencia de la joven a una terapia psicológica para acompañar el proceso de adaptación.
El juzgado homologó el acuerdo bajo los términos del artículo 439 del Código Civil y Comercial de la Nación, destacando la importancia de preservar el bienestar de la adolescente y fomentar una resolución pacífica entre las partes, se informó desde el poder judicial.
Adolescente demandó a sus padres por la cuota alimentaria
progenitores. Generalmente, ocurre contra uno de ellos, pero también pueden ser denunciados ambos. La mediación es una alternativa rápida y sencilla para alcanzar un acuerdo y garantizar los derechos los niños, niñas y adolescentes.
Por distintas circunstancias de la vida, Santino, un adolescente de 16 años, vive hace muchos años con su abuela de casi 90 años. Quedó a cargo de Juana, quien además de brindarle amor, le da todos los cuidados necesarios y le brinda, con lo que está a su alcance y en la medida de sus posibilidades, lo que necesita para vivir y estudiar.
Tanto su papá como su mamá, se habían desentendido de la parte económica y del sustento que requería su hijo. Es que tras la ruptura de esa pareja hace unos trece años, el niño quedó con un tiempo con la madre hasta que se mudó con Juana.
La situación económica familiar no es sencilla, entonces Santino se hizo presente en la sede de la defensa pública para poder asesorarse e iniciar un proceso judicial para reclamar el pago de alimentos.
Allí, le explicaron que él no sólo tenía derecho a realizar el reclamo sino que, además, a pesar de ser menor de edad, podía impulsarlo él mismo. Esto se basa en un principio que se llama “autonomía progresiva”, pero que en palabras sencillas quiere decir que mientras más crece un chico o una chica, más posibilidades tiene de tomar decisiones sobre su vida, su cuerpo e incluso de presentar demandas ante un juez para que sus opiniones sean escuchadas.
El caso fue derivado a la defensa de métodos alternativos de resolución de conflictos que lo asistió durante el proceso. Iniciaron un requerimiento de mediación que - con el trabajo facilitador de la mediadora a cargo - permitieron alcanzar un acuerdo.
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