Familiares de los niños muertos en Lolen esperan el inicio de un nuevo juicio. Aún no se designó el tribunal y no tiene fecha programada.
Ordenaron un nuevo juicio para juzgar a los guardaparques absueltos por el hecho conocido como "la tragedia de Lolen", donde dos niños murieron en el camping Lolen de San Martín de los Andes. En esta próxima instancia, las familias de las víctimas buscarán dar vuelta la resolución anterior y lograr un fallo condenatorio.
"Desde el momento en que determinaron la sentencia de sobreseimiento sobre los cuatro imputados, lógicamente nos hemos puesto a trabajar con el fiscal para apelar la absolución", expresó Lucas Sepúlveda, el padre de Martina, una de las niñas que murió aplastada en el verano de 2016.
En noviembre de 2023, la resolución del Tribunal Oral Federal fue absolver a los cuatro guardaparques imputados por homicidio culposo ante la caída de un árbol que provocó la trágica muerte de dos menores de edad en el Parque Nacional Lanín al considerar que no había pruebas suficientes en su contra.
El nuevo juicio por la tragedia de Lolen
Si bien Sepúlveda no pudo brindar detalles sobre el nuevo juicio porque todavía no se había puesto en contacto con su asesor letrado, dijo que "un año estuvimos esperando la decisión del tribunal" y remarcó: "Esperamos que si hay un juicio no sea tan dañino".
Así mismo manifestó: "Tenemos fe, todavía seguimos creyendo en la justicia, más allá de una justicia divina que la hay" y consideró "bochornoso" el juicio ya realizado, que consideró que no había pruebas suficientes para determinar que los guardaparques habían cometido un homicidio culposo.
"Era un fallo ilógico lo que determinaron los jueces porque ellos confundieron y en ningún momento evaluaron sobre la caída del árbol", dijo a Radio La Red, y agregó "nosotros lo que dijimos siempre es que es real, nosotros no podemos negar que no sabemos en qué momento o cuando va a caer un árbol" y que "es real que un guardaparques no puede estar monitoreando los 500 m2 que le corresponde".
Sin embargo, sobre las responsabilidades sobre la caída que provocó la muerte de su hija en el verano del 2016, Sepúlveda opinó: "Si vos tenés un árbol en una playa pública, y ese árbol está sufriendo porque el agua le come las raíces, por equis motivos de la naturaleza, eso a la vista se notaba de que tenía que tener un chequeo previo".
Además, lanzó fuertes acusaciones contra el personal de Parque Nacional Lanín por "habilitar sin control" el camping Lolen y refirió que "después de todo el desmalezamiento que hicieron, tiraron a mansalva árboles que desconozco si corrían riesgo, lo hicieron igual por las dudas, por presión social". Incluso acusó que se trató de "un centenar de árboles adentro del camping y los de afuera que estaban puestos con las raíces también".
El precedente de la absolución a los guardaparques
En 2023, el tribunal federal integrado por los jueces Alejandro Cabral, María Paula Marisi y Pablo Díaz Lacava, fue el encargado de juzgar la responsabilidad sobre la "tragedia de Lolen". Finalmente, el 7 de noviembre determinó la absolución del titular de Guardaparques, Diego Lucca; el jefe del Departamento de Conservación y Manejo, Juan Jones; la jefa de Uso Público del PNL, María Hileman; y el guardaparque Matías Encina, quienes se encontraban imputados por homicidio culposo, presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público y lesiones graves.
Además, resolvió la absolución de dos miembros de la comunidad mapuche Curruhuinca -a cargo del camping-, Milena Cheuquepán y Juan Delgado, que estaban imputados por homicidio culposo y lesiones graves.
En sus fundamentos, Cabral expresó que “el lugar donde ocurrió el hecho es un Parque Nacional, con lo que ello implica, un lugar donde lo que se pretende es proteger la naturaleza justamente de la acción del hombre”. Además, tras varias consideraciones, determinó: “Los hechos de la naturaleza hasta el día de hoy son casi impredecibles y los funcionarios que trabajan para el Estado no son responsables, a menos que exista una norma concreta que establezca que debía realizar una tarea concreta para evitar ese hecho y no se hizo”.
En ese sentido, manifestó que “nada de ello fue probado en el juicio y claramente quedó demostrado que los guardaparques aquí traídos a juicio no tenían ordenada esa función ni tenían la formación suficiente para establecer si un árbol podía llegar a colapsar”.
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