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Llevó el auto a un taller y se prendió fuego: quién se hace responsable

La damnificada recurrió a la Justicia con una demanda millonaria. Pero el mecánico no se presentó a la citación ni se defendió. Ocurrió en una localidad rionegrina.

Una mujer de Luis Beltrán llevó su auto Volkswagen Polo a un mecánico para que le efectuara reparaciones. Lo dejó en el taller, pero por causas no establecidas se incendió, resultando el 90% dañado.

La damnificada presentó una demanda por menor cuantía y reclamó un resarcimiento de $1.8 millones, de acuerdo a un presupuesto que presentó otro profesional del rubro, el que había sido elaborado en noviembre del año pasado.

El informe indicó que para ponerlo en condiciones requería la realización de trabajos de mecánica del motor y el sistema de electricidad, como también de arreglos de chapa y pintura.

Como prueba de los deterioros provocados por el fuego, adjuntó fotos de la parte delantera del vehículo, de las cubiertas y del motor.

El mecánico no se presentó a la audiencia

El expediente recayó en el Juzgado de Paz de la localidad del Valle Medio rionegrino, desde donde se convocó al denunciado.

Sin embargo, no contestó la demanda ni tampoco se presentó a la audiencia fijada.

Su ausencia, al no ser justificada, se interpretó como el “reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte, quedando habilitada la prosecución de la causa sin más trámite”.

Como consecuencia, le dieron la razón a la dueña del rodado y en una resolución fechada el último lunes 24 condenaron al mecánico a pagarle $1.8 millones, como reclamaba, más la suma presupuestada provisoriamente “para responder a intereses hasta su efectivo pago, dentro de los cinco días de notificado”.

No le arregló la caja de cambios

Otros mecánicos han sido condenados por no haber hecho bien su labor o actuar con negligencia. Le ocurrió en 2022 a una mujer de Viedma que tuvo que llevar en más de tres ocasiones una camioneta a un mecánico de esa ciudad para arreglar la caja de velocidades. Pagó el arreglo en dólares el trabajo.

Sin embargo, el vehículo anduvo unos días y luego los cambios no entraban más. Cansada, fue a pedir la devolución del dinero, pero el profesional se negó, por lo que inició un proceso de menor cuantía. Hubo un intento por cerrar el caso en una mediación, pero no prosperó el intento.

La jueza que abordó la causa recordó en su fallo que en una relación de consumo, quien tiene más posibilidades de ofrecer pruebas, es quien tiene mayor conocimiento en la materia, quien brinda el servicio. En este caso, el mecánico no se presentó en ninguna etapa, a pesar de haber sido citado.

Explicó que “la parte consumidora debe ver garantizado su derecho a la atención y al trato digno al que refiere la legislación, antes, durante y después de contratar. El trato equitativo y digno constituye uno de los derechos básicos de los consumidores y usuarios, que sirve de fundamento de los restantes derechos que les asisten, lo que no ocurrió en este caso”.

Tras analizar la totalidad de la prueba, condenó al mecánico a abonar una indemnización en concepto de daño directo y por daño extrapatrimonial. .

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