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Anses: Bono único de más de $100.000, ¿quiénes pueden cobrarlo?

Se trata de la Ayuda Escolar Anual. Para recibirlo, se debe presentar un formulario en una de las sedes de Anses.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) confirmó su calendario de pagos para el mes de octubre de 2024, con algunos aumentos del 4,17% en sus prestaciones y un nuevo bono de $70.000 para jubilados que cobren la mínima. Además, los titulares de la AUH y SUAF pueden solicitar la Ayuda Escolar Anual y recibir un bono que ya alcanzó los $117.000.

Los incrementos en los montos que entrega la Anses se basaron en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses atrás. Esto también incrementó el pago del refuerzo que pueden recibir únicamente una vez por año los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo o Hija (AUH) y a los titulares del Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF).

¿Quiénes reciben la Ayuda Escolar Anual?

Se trata de un bono de $117.000 que alcanzará solamente a quienes cumplan los requisitos y hayan realizado el trámite en la web de Anses para poder cobrarlo.

¿Cuáles son los requisitos para cobrarlo? Tener familias con hijos menores desde los 45 días hasta los 17 años que asisten a "establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial (nivel inicial, primario y secundario)".

Distinto es el caso de las familias con hijos con discapacidad, ya que para ellos el requisito no tiene límite de edad. No obstante, su hijo debe asistir a "establecimientos (públicos o privados) de enseñanza oficial o especial o recibir apoyo de maestros particulares, o concurrir a talleres protegidos o de formación laboral, o recibir rehabilitación".

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Ayuda escolar anual de Anses: quiénes reciben el bono de más de $100.000.

Ayuda escolar anual de Anses: quiénes reciben el bono de más de $100.000.

En ese sentido, las personas que reciban la asignación de manera anticipada durante marzo de cada año deberán llenar el formulario y acreditar la escolaridad "presentando el formulario desde el inicio del ciclo lectivo / inicio de rehabilitación, hasta el 31 de diciembre de cada año".

¿Cómo solicitar la Ayuda Escolar desde el celular?

Para llenar los datos y poder empezar a recibir la Ayuda Escolar Anual desde un celular, lo más sencillo es descargarse la aplicación de Anses e ingresar a las categorías "Hijos / Presentar un Certificado Escolar" para obtener el formulario para cada hijo.

Luego, hay que seleccionar la opción "Elegí Generar Certificado" y completar los datos que solicita el sistema. Para guardar y seguir con el proceso hay que apretar el botón "Generar", ubicado en la parte inferior de la pantalla.

Una vez finalizada la carga del documento, lo siguiente será imprimirlo para poder presentarlo y "llevarlo al establecimiento, maestro particular o donde efectúe la rehabilitación para que lo completen y firmen", según explica Anses en su portal oficial.

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¿Cómo solicitar la Ayuda Escolar desde el celular?

¿Cómo solicitar la Ayuda Escolar desde el celular?

Posteriormente, se debe guardar una foto con el certificado completo y con las firmas requeridas. Para finalizar hay que volver a la aplicación y dirigirse a "Hijos / Presentar un Certificado Escolar / Subir Certificado". El tiempo límite es hasta el 31 de diciembre de cada año, aunque el proceso de pago puede demorar en acreditarse a partir de los 60 días de inscripción.

En caso de hacerlo de forma presencial, únicamente hay que descargar el "Formulario PS.2.68 Acreditación de Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación", aunque también se puede retirar en cualquiera de las sedes de Anses. Luego, hay que llevarlo al establecimiento para que las autoridades lo completen y lo firmen, y finalmente volver a uno de los establecimientos de Anses, sin turno previo.

Requisitos de la persona titular para solicitar la Ayuda Escolar Anual

  • Ser trabajador o trabajadora en relación de dependencia o titular de una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo de empresas incorporadas al régimen de Asignaciones Familiares o trabajador o trabajadora monotributista o titular de una Prestación por Desempleo, titular de una jubilación o pensión del Sistema Integrado Previsional Argentino o de una Pensión Honorífica de Veteranas y Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o titular de la Asignación Universal por Hija e Hijo para Protección Social (AUH).
  • Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo/Hija o por Hijo/Hija con Discapacidad o a la Asignación Universal por Hijo/Hija y/o Hijo/Hija con Discapacidad para Protección Social, al menos en un mes, entre los meses de enero a diciembre de cada año. En el caso de los trabajadores o trabajadoras monotributistas de las categorías I, J y K sólo corresponde el cobro de la asignación por ayuda escolar si percibieron, al menos una vez en el año, la Asignación por Hijo/Hija con discapacidad.

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