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ARCA fijó nuevos límites para el control de transferencias digitales: ¿De cuánto es?

El organismo informó los nuevos montos sin necesidad de presentar documentación. Hasta cuánto dinero está permitido transferir entre cuentas propias.

La Agencia de Regulación y Control de Activos (ARCA) determinó los límites para las transferencias, saldos y consumos que pueden realizar los contribuyentes sin que los bancos y billeteras virtuales informen sobre los movimientos.

El objetivo de estas normativas es garantizar que las operaciones se efectúen de forma clara y transparente, además de permitir la justificación del origen de los fondos que intervienen. Estas regulaciones no solo aplican a los pesos argentinos, sino a toda moneda extranjera, criptomoneda o moneda digital.

Desde marzo, las transferencias de dinero y los movimientos en billeteras virtuales que superen determinados montos podrían ser objeto de revisión.

Cuál es el nuevo límite de transferencias de ARCA

Uno de los principales puntos de atención son las transferencias bancarias que excedan los 600.000 pesos. Cualquier movimiento que supere este límite podría ser evaluado por ARCA. Además, los saldos en cuentas bancarias que alcancen o superen el millón de pesos también estarán en la mira del organismo. Estas medidas buscan evitar la evasión y fortalecer la supervisión de los flujos de dinero.

Las billeteras virtuales no quedan exentas de estos controles. En particular, ARCA pondrá el foco en aquellas operaciones que superen los $2.000.000 en un mes. Por este motivo, es fundamental que los usuarios cuenten con la documentación que justifique el origen de los fondos en caso de que el organismo solicite información.

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Sin embargo, existen algunas excepciones. Las billeteras digitales radicadas en el exterior, en países que no tienen convenios de intercambio de información con Argentina, quedan fuera de la supervisión de ARCA. Esta situación se mantendría al menos durante marzo, ya que responde a normativas que aún no han sido modificadas.

Entre las plataformas que cumplen con estas condiciones se encuentra PayPal. Este gigante de los pagos digitales, con sede en Estados Unidos, permite a los usuarios enviar y recibir dinero, pagar servicios y realizar compras sin que sus operaciones sean reportadas a las autoridades argentinas.

Ante este escenario, es clave que quienes realicen movimientos financieros de montos elevados estén informados sobre los límites y requisitos vigentes. Tener respaldo documental sobre el origen de los fondos y conocer las regulaciones puede evitar inconvenientes con las autoridades fiscales.

ARCA elimina casi todas las sanciones previstas para los controles electrónicos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó cuatro de cinco tipo de sanciones previstas por el Sistema de Acción de Control Electrónico (SIACE). Se trata de un mecanismo implementado en mayo de 2023 por la entonces Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que preveía ciertos tipo se castigos a los contribuyentes que no cumplían con pedidos recibidos a través de su Domicilio Electrónico.

Se trata de un alivio para los contribuyentes que podían quedar expuestos a una sanción grave de parte de las autoridades impositivas solo un por un simple descuido. A través de un reporte, el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, destacó la importancia de la medida.

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Ahora, a través de la Resolución 5660/2025, ARCA realiza importantes cambios eliminado 4 de las 5 sanciones para los contribuyentes:

  • Elimina el encuadramiento en una categoría distinta a la que posee en el Sistema de Perfil de Riesgo

Anteriormente, un cambio de categoría en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) implicaba mayor riesgo de fiscalización, menos cuotas y tasas más altas en planes de financiación, además de mayores controles en ciertos trámites de devolución de impuestos, entre otros.

  • Elimina la exclusión o suspensión de los Registros Especiales Tributarios que integran el “Sistema Registral” o Registros Fiscales a cargo de ARCA.

Por ejemplo, ARCA podía suspender a una empresa en el Registro como Importador/Exportador y que la misma no pudiera realizar operaciones de ese tipo.

  • Elimina la imposibilidad de emitir Facturas clase “A”

La medida obligaba a los contribuyentes a emitir facturas clase "M", lo que podía derivar en retenciones del 100% del IVA, afectando severamente la liquidez de las empresas.

  • Elimina la consideración para la valoración en el Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF)

Antes, la valoración del CEF afectaba la aprobación de Declaraciones SIRA y SIRASE para importaciones. Sin embargo, desde enero de 2024, el CEF ya no se tiene en cuenta para las importaciones.

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