El clima en Neuquén

icon
36° Temp
11% Hum
La Mañana consumidor

En qué casos el consumidor final tendrá que dejar sus datos para que le hagan una factura

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero actualizó los importes a partir de los cuales los comercios están obligados a identificar a consumidores finales.

El consumidor habrá advertido que en algunas ocasiones, cuando realiza compras el comerciante le entrega un ticket o una factura con los detalles de la operación. Pero en algunos casos, el cliente tiene que dejar sus datos personales para que el vendedor le pueda realizar el comprobante.

Eso se debe a que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) exige en algunos casos que el consumidor final sea identificado. Es cuando se supera algún límite en la operación que se está llevando a cabo.

ARCA actualizó recientemente los montos que buscan reforzar la transparencia en las operaciones comerciales, entran en vigor inmediatamente y se aplican a todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA).

Nuevos montos de identificación

A partir de esta medida, los comprobantes con importes inferiores a $417.288 no requerirán la inclusión de datos del receptor. Sin embargo, en el caso de operaciones iguales o superiores a dicho monto, será obligatorio detallar:

ticket-facturapng.webp
  • Apellido y nombre
  • Domicilio
  • CUIT/CUIL/CDI o número de documento de identidad (LE, LC, DNI, pasaporte o CI para extranjeros)

Además, se deberá informar estos mismos datos cuando alcance o supere los $208.644 y no se haya realizado mediante medios de pago electrónicos autorizados, como tarjetas de débito, crédito o transferencias bancarias.

Excepciones para mayoristas

Para los responsables inscriptos cuya actividad principal sea la comercialización mayorista, la normativa establece una excepción. En estas operaciones, si el monto no supera los $208.644 y el pago se realiza a través de medios electrónicos, no será necesario identificar al cliente.

Facturación en dólares

Los nuevos límites alcanzan también a las facturas que se elaboren de ahora en mas en dólares a la luz de las nuevas normativas que habilitan el pago de facturas en moneda extranjera en billetes o por medios electrónicos . Si el vendedor y el consumidor acuerda un tipo de cambio a $1220, que sería el blue, el valor en dólares limite para una factura sería de u$s342.

Transparencia fiscal

ARCA reglamentó el régimen de transparencia fiscal, que entró en vigencia desde el 1° de enero y, en esta primera etapa, obliga a las grandes empresas a discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que inciden en los precios que pagan los consumidores finales.

La medida, instrumentada a través de la Resolución General 5614/2024, se implementa de forma escalonada y se extenderá paulatinamente a contribuyentes de menor tamaño.

La norma contempla que el resto del universo de los responsables inscriptos en IVA podrán sumarse al régimen de transparencia fiscal de forma opcional hasta el 31 de marzo de 2025 y obligatoriamente a partir del 1° de abril.

Todos los comprobantes deberán tener una línea en donde se detalle el monto correspondiente al impuesto al valor agregado y, cuando sean emitidos por una empresa grande, también indicarán los impuestos internos que incidan en el precio final que paga el consumidor.

Te puede interesar...

Lo más leído

Leé más

Noticias relacionadas

Dejá tu comentario