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Hace un mes que el Correo Argentino de Trelew se niega a reincorporarla: ahora deberá pagarle $500.000 por día

La despidieron sin causa tras 18 años de trabajo. La Justicia de Chubut decidió a su favor.

El 14 de noviembre pasado, un fallo judicial le ordenó al Correo Argentino la reincorporación de una trabajadora de su sede de Trelew, provincia de Chubut, que había sido despedida sin justa causa después de 18 años de labor.

Aunque se está por cumplir un mes del fallo, la empresa estatal de correos se negó a devolverle el puesto de trabajo a la mujer y le negó el ingreso a la sucursal cuando ella se presentó para volver a cumplir sus funciones.

Ahora, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó el fallo en favor de la trabajadora. Y dispuso una importante multa e indemnización para el caso de que el Correo insista en impedirle la vuelta al trabajo.

El 27 de abril de este año, Olga Norambuena, de 46 años, fue despedida de Correo Argentino de Trelew. Egresada de la Universidad Nacional de la Patagonia (UNPSJB), se desempeñaba como ejecutiva de cuentas pymes y responsable de la logística electoral.

Norambuena inició una demanda para recuperar su trabajo. Si bien la justicia decidió a su favor y un fallo ordenó su reincorporación, no le permitieron ingresar a su lugar habitual de trabajo el jueves 14 de noviembre por la mañana, cuando se presentó en la sucursal.

Casi un mes más tarde, este miércoles 11 de diciembre, se confirmó el fallo que indica que el Correo Argentino tiene tres días hábiles para otorgarle tareas. De lo contrario, deberá pagarle una suma de $500.000 por cada día de demora.

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Trelew: Olga Norambuena, trabajadora despedida del Correo Argentino.

Trelew: Olga Norambuena, trabajadora despedida del Correo Argentino.

“Ellos deben llamarme antes del lunes o martes”, explicó Olga. Los tres días hábiles, efectivamente, se cumplirán el martes y no el lunes ya que este viernes 13 de diciembre es feriado en Chubut. Es decir que, a partir del miércoles 18, el Correo tendrá que pagar los $500.000 diarios si no repone a Norambuena en su puesto.

La única mujer del Correo de Trelew

Olga es única empleada mujer de la sucursal de Trelew, donde cumplió sus tareas durante 18 años.Es madre soltera y tenía una vida organizada junto a Bianca, una niña de 9 años con síndrome de Down. Desde el momento de su despido, Bianca quedó por varios meses sin acceso a las cinco terapias y a los acompañantes que solía tener.

El 29 de abril, Olga llegó a trabajar al Correo Argentino de Trelew como todos los días, a las 8:20 de la mañana. Entró a su oficina sin problemas, pero estando allí se llevó la sorpresa de que habían cambiado sus claves de acceso a la computadora portátil y al teléfono que utilizaba para trabajar.

Confundida por la situación, empezó a averiguar y así supo que había recibido un aviso de visita del Correo dos días antes, al que no le había dado mucha importancia pensando que se trataba de un trámite común. Era su telegrama de despido.

Luego de un proceso judicial que ya se extendió por más de seis meses, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia dispuso su reincorporación, en la causa caratulada “Norambuena, Olga del Carmen c/Correo Oficial de la República Argentina S.A., s/pedido de reincorporación”, proveniente del Juzgado Federal de Rawson.

Qué dice el fallo

“Dispondremos que, interinamente, hasta tanto se produzca el informe del artículo 4° de la ley 26.854, se proceda a reincorporar a Olga del Carmen Norambuena en el mismo puesto laboral que ocupaba antes del distracto y en las mismas condiciones (obra social, etc.)”, indica la sentencia.

La reincorporación “surtirá efectos desde la fecha de notificación de la presente, pues, encontrándose en juego derechos de contenido alimentario y de salud, reconocidos en nuestra legislación y en pactos internacionales, cabe no ser tan riguroso en la valoración de los requisitos habilitantes”, continúa.

“Sobre todo -agrega- cuando se vislumbran más graves las consecuencias para la actora ante el rechazo de la medida, que para la demandada proceder a la reincorporación, en los términos dispuestos ut supra”.

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