Jubilaciones: ¿cuántos años se pueden comprar con la nueva moratoria previsional?
Según lo notificó la Anses, un jubilado podrá acceder a la siguiente moratoria para completar los años de aportes.
La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) establece que los años de servicios y la edad de la persona son requisitos para poder comenzar el trámite de la jubilación. En general, las mujeres deben tener 60 años de edad y los hombres 65 y haber aportado durante 30 años. Ahora bien: es posible que a una persona con edad para jubilarse le falten años de aportes. ¿Cuántos años se pueden comprar con la moratoria previsional?
Ante todo, es importante que aquella persona que desee jubilarse verifique previamente el total de aportes que realizó. Para tal fin, existen dos fuentes de consulta que son determinantes: la propia Anses y la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) –ex AFIP-.
La Anses contempla que se pueden comprar hasta 10 años de aportes jubilatorios según la moratoria previsional lanzada en 2023 mediante la sanción de la ley 27.705.
Es importante consignar que el actual Gobierno Nacional decidió no prorrogar esta moratoria previsional, que se eliminará el 23 de marzo de 2025 y será reemplazada por un nuevo sistema de prestación proporcional.
Por otra parte, la vigente moratoria previsional alcanza a las personas que cuentan con la edad para jubilarse, siempre y cuando cuenten con aportes verificables hasta el 2008. Es así como la mencionada ley especifica que el plan de pago de deuda previsional permite a las mujeres mayores de 60 y hombres de 65 años acceder a un plan de regularización de 120 cuotas para completar los aportes faltantes para alcanzar los 30 años.
La ley 27.705, sancionada en marzo de 2023 y titulada Plan de pago de deuda previsional, contempla que cada unidad de pago de deuda previsional representa un (1) mes de servicios y que las unidades de pago de deuda previsional adquiridas podrán cancelarse en cuotas mensuales que no podrán superar un máximo de CIENTO VEINTE (120).
Por otra parte, la ley subraya que la Anses será el organismo encargado de establecer los parámetros objetivos para el acceso a las mismas en base a la cantidad de meses necesarios para acceder a las prestaciones previsionales y a evaluaciones patrimoniales o socioeconómicas objetivas que se determinen en la reglamentación.
Para verificar los aportes jubilatorios, puede ingresarse al sitio oficial de la Anses:
- Acceder a MI ANSES con la clave de la seguridad social, luego clickear en Trabajo y después en Historia Laboral.
Podrán consultarse:
- Las declaraciones juradas presentadas por tus empleadores.
- Los períodos registrados y tus remuneraciones como trabajador autónomo y/o monotributista. Si no hay información de montos, es probable que el aporte se esté realizando a otra caja de jubilación.
- Información suministrada por las provincias transferidas a la Nación, en caso de que corresponda.
Cabe recordar que la Anses recuerda que si luego de cumplir con la edad requerida una persona continúa trabajando, podrá compensar la falta de años de aportes: 2 años de edad en exceso compensan uno de servicios faltante (ej.: a los 67 años de edad se requieren 29 de trabajo con aportes).
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