En 2024, el PAMI y la Anses ofrecen un subsidio para los gastos de un sepelio.
Desde 2006, el PAMI(Programa de Atención Médica Integral) dejó de brindar cobertura directa en relación a los costos de un sepelio, velatorio o cremación. Así, quienes pretendan recuperar una parte del dinero deben recurrir a la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) para efectuar el trámite para acceder al subsidio de contención familiar por fallecimiento de un jubilado o pensionado. ¿De cuánto es en 2024?
Actualmente, cabe resaltar que el precio de un velorio básico parte desde $550.000 a $980.000 más IVA. Lamentablemente, los deudos sólo podrán recibir un pequeño paliativo en un momento tan duro…
La ANSES y el PAMI otorgan una suma fija de 15.000 pesos para los gastos de un sepelio en noviembre de 2024. Quienes deseen tramitar el subsidio de contención familiar por fallecimiento de un jubilado o pensionado deberán acceder al sitio oficial de la Anses.
Según la Anses, ante el caso de fallecimiento de titulares de una jubilación o de una pensión, aquellos que pueden solicitar el subsidio de contención familiar son:
- Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio, cremación o inhumación.
- Viudos, convivientes previsionales, hijos con derecho a la pensión por fallecimiento.
- Otras personas herederas de la persona fallecida.
- Además quienes inicien el trámite de pensión por fallecimiento pueden solicitar al mismo tiempo el Subsidio de Contención Familiar.
Para llevar a cabo el trámite, se deberá presentar:
- DNI.
- Partida de defunción de la persona fallecida.
- Constancia de la CBU Bancaria (requerida si se desea solicitar el subsidio por Atención Virtual).
- Factura de gastos de sepelio emitida a tu nombre.
- Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual.
- Póliza de la compañía de seguros.
- Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional): deberán presentar resolución de otorgamiento de la Pensión para poder cobrar este subsidio.
- Herederos de la persona fallecida sin derecho a una pensión: en caso de no haber familiares con derecho a pensión ni factura donde consten los gastos de sepelio, los herederos podrán solicitar este subsidio presentando los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296, según el caso.
Asimismo, la Anses informa cómo realizar el trámite:
- Si se trata de una persona con derecho a la pensión, podrá realizar este trámite a través de Atención Virtual.
- Tener a mano la documentación requerida según el caso e ingresar en Atención virtual con el CUIL y clave de la Seguridad Social, seleccionar la opción Solicitud de Subsidio de Contención Familiar y seguir los pasos.
Cabe resaltar que el texto de la norma del Decreto 599/2006, que estableció el Subsidio de Contención Familiar, data de mayo de 2006 (luego fue actualizado en 2020).
En el artículo 2 se detalla que la prestación instituida consistirá en el pago de una suma de $ 15.000. Hace cuatro años -en mayo de 2020-, aquellos 15 mil pesos equivalen a 344.000 mil pesos en noviembre de 2024. Desde entonces nunca fue actualizado. Y mientras el Estado les abona 8 millones de pesos por mes a los senadores, apenas les proporciona un subsidio de 15 mil pesos a los deudos de un jubilado que deben afrontar los gastos de un sepelio.
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