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Niñeras y cuidadores de adultos: ¿Cuánto cobran en octubre 2024?

Las trabajadoras del sector están a la espera de una nueva negociación paritaria que ajuste su sueldo a la inflación.

Si tenés niñeras o cuidadores de adultos a tu cargo o te dedicás a este oficio, hay algo importante que tenés que saber: durante octubre recibirán un monto similar a lo percibido el mes anterior, que es la única referencia, debido a que aún no se resolvió la nueva paritaria entre el gremio y las empresas del sector.

Aunque es inminente un nuevo acuerdo, se desconocen los porcentajes de aumento que se aplicarán en el último trimestre del año, por lo que quienes deban liquidar honorarios durante el mes de octubre tienen que tomar como referencia los registros de septiembre, que son los últimos publicados por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp).

Las actualizaciones venideras impactarán en el salario de las niñeras y cuidadores de adultos, que forman parte de la cuarta categoría de empleados de casas particulares y cuyas tareas comprenden la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niño, adolescentes y adultos mayores.

Sueldo por hora de las niñeras en octubre de 2024

Las personas que realizan tareas de cuidado en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos, debido a que se toma como referencia la grilla reciente (actualizada hasta agosto), hasta tanto se publiquen los nuevos valores del mes en curso:

-Por hora con retiro: $2825

-Por hora sin retiro: $3159

Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.

Sueldo mensual de las niñeras en octubre 2024

En octubre, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán los siguientes montos, que corresponden a lo trabajo en septiembre:

Niñeras (1).jpg

Mensual con retiro: $357.350

Mensual sin retiro: $398.229

Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la ley n° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.

Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas

Antes de iniciar la inscripción de las empleadas domésticas y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:

-Nombre y apellido

-Fecha de nacimiento

-Domicilio real

-Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)

-Si es o no una persona jubilada

-CBU (en caso de ya estar bancarizada)

-Número telefónico

-Correo electrónico

La inscripción del empleado se puede anular hasta las 23.59 del día de su registro. Durante ese tiempo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta de esa relación en el inicio. Sin embargo, pasado ese horario, el trámite es presencial en cualquier oficina de la AFIP.

Cómo calcular la antigüedad del servicio doméstico

Empleadas domésticas.

Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.

Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.

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