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Prohíben la venta de varios medicamentos fuera de las farmacias

La justicia ordenó suspender algunos artículos del DNU, que establecían la comercialización en kioscos y supermercados de medicamentos de "venta libre".

Este viernes, la Justicia ordenó suspender la venta de medicamentos fuera de las farmacias. Se trata de algunos de venta libre, de los cuales se pidió que solo se comercialicen bajo la supervisión de profesionales.

La Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió 10 artículos del DNU 70/2023 que afectaban la actividad farmacéutica y la venta de medicamentos.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dispuso frenar el expendio de analgésicos y antiácidos fuera del ámbito farmacéutico por considerar que implica un riesgo sanitario.

Según publica Infobae, el fallo es en respuesta a una medida cautelar presentada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), la cual deja sin efecto la venta de dos tipos de medicamentos, analgésicos y antiácidos, fuera de las farmacias, algo que el DNU había habilitado.

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Con la puesta en marcha de esta suspensión, ahora vuelve a regir el régimen anterior. Además, el fallo deja sin efecto el artículo del decreto que habilitaba a un farmacéutico a estar a cargo de más de un local de expendio.

Los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio consideraron que el DNU afectaba derechos fundamentales vinculados al ejercicio profesional de los farmacéuticos y al acceso seguro de la población a los medicamentos. “La materia involucrada en la actividad farmacéutica trasciende los aspectos económicos o comerciales”, señalaron.

Por su parte, la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) celebró que la sentencia reconoce que la actividad farmacéutica no puede reducirse a una lógica comercial, y reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico.

Ante este panorama, la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA) destacó que con la vigencia de esta nueva medida “vuelve al ámbito de la farmacia la responsabilidad de la compra, la conservación, la dispensa y el consejo farmacéutico en el mostrador”.

Cuáles son los medicamentos que solo se podrán vender en farmacias

El fallo establece la suspensión del artículo que habilitaba la venta de analgésicos y antiácidos —considerados de venta libre— fuera del ámbito exclusivo de las farmacias.

El DNU anterior indicaba que estos productos podían ser comercializados en supermercados, kioscos y otros establecimientos.

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Las recetas digitales reemplazarán la utilización del papel como única fuente.

Las recetas digitales reemplazarán la utilización del papel como única fuente.

La medida también afecta a droguerías que, bajo el DNU, habían sido autorizadas a vender directamente al público, una posibilidad que queda momentáneamente anulada.

Fundamentos del fallo

“El expendio de medicamentos, por sus especiales características, es una actividad inescindible del ejercicio de la profesión farmacéutica”, considera el fallo.

“Las modificaciones que fueron introducidas por el decreto de necesidad y urgencia relativamente a la reglamentación del expendio de medicamentos, la regulación del ejercicio de la profesión de farmacéutico, las condiciones de funcionamiento de los locales y el poder de policía en materia de salubridad revelan por un lado, un desapego del potencial riesgo sanitario de la habilitación y venta de medicamentos fuera de las farmacias y, por otro lado, una desatención del rol trascendental que desempeña la figura del farmacéutico en el sistema”, argumentaron los magistrados.

La sentencia aclara además que esta suspensión se extenderá “hasta el dictado de la sentencia definitiva”, conforme al artículo 2 de la Ley 26.854.

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