El clima en Neuquén

icon
23° Temp
15% Hum
La Mañana Velázquez Barrientos

"Chucky" Velázquez Barrientos, el femicida de Agostina, deberá cumplir la perpetua en Argentina

El asesino de la adolescente de Fernández Oro fue expulsado de Argentina y tenía prohibido regresar. Sin embargo días atrás apareció en Neuquén.

El juez de Ejecución de Roca, Fernando Romera, revocó este jueves la orden de “extrañamiento” que había beneficiado a Alex Hernán “Chucky” Velázquez Barrientos, condenado a prisión perpetua por el femicidio de Agostina Mazzina, hecho ocurrido en Fernández Oro en 2009.

El sentenciado había sido expulsado del país en 2023, pero violó la prohibición de regresar a suelo argentino, pero desobedeció, por lo que según la resolución dictada este mediodía, deberá cumplir en el país la totalidad de la pena.

Fuentes judiciales destacaron que el extrañamiento "es un instituto definido por la política migratoria nacional, reflejado en la Ley de Migraciones, que se aplica a personas extranjeras que estén cumpliendo penas de prisión en Argentina".

Alex “Chucky” Velázquez Barrientos.jpg
Velázquez Barrientos, el femicida de la adolescente de Oro, no podía ingresar al país. Pero en los últimos días fue visto en Neuquén Capital. Este miércoles fue atrapado cerca de Aluminé.

Velázquez Barrientos, el femicida de la adolescente de Oro, no podía ingresar al país. Pero en los últimos días fue visto en Neuquén Capital. Este miércoles fue atrapado cerca de Aluminé.

Permite que la persona condenada, luego de un plazo legal de cumplimiento de la condena, sea expulsada del país con la consiguiente prohibición de reingreso por el mismo plazo que dura la condena. En el caso de una prisión perpetua, la prohibición de retorno es permanente. Si se cumplen tanto la expulsión como la condición de no regreso, la pena se da por cumplida.

En este caso se trata de la expulsión del ciudadano chileno Alex Hernán Velázquez Barrientos, condenado a prisión perpetua por el homicidio calificado por alevosía de la adolescente Agostina Mazzina, ocurrido en Fernández Oro en 2009.

Su extrañamiento se materializó en enero de 2023 a través de la Dirección de Migraciones por el paso Pino Hachado, luego de que cumpliera en prisión casi 13 años de condena.

Esta semana la fiscalía de Ejecución de Roca y la familia de la víctima, constituida en parte querellante, denunciaron el regreso del condenado al país, con información surgida de redes sociales. La orden de captura dictada por el juez Romera se cumplió este miércoles, en cercanías de la zona fronteriza con Chile, en la provincia de Neuquén.

Agostina Mazzina

El imputado fue trasladado a Roca y esta mañana participó por Zoom de la audiencia en la que se dispuso la revocación de la expulsión.

En su resolución, el magistrado detalló: “El extrañamiento encuentra su punto de partida en la acción de expulsión del extranjero del país, y se perfecciona cuando se cumple totalmente el lapso de permanencia en el exterior. Ese lapso es establecido por la autoridad competente, que es la Dirección Nacional de Migraciones. En el caso concreto, el plazo es permanente, lo que significa que puntualmente el señor Velázquez Barrientos nunca más podía ingresar al país. Precisamente, al haber vuelto a ingresar, incumplió con la única obligación que él tenía: no ingresar al suelo de la República Argentina”.

Alex Hernán Velázquez Barrientos .jpg
Velázquez Barrientos, el femicida de la adolescente de Oro, no podía ingresar al país. Pero en los últimos días fue visto en Neuquén Capital. Este miércoles fue atrapado cerca de Aluminé.

Velázquez Barrientos, el femicida de la adolescente de Oro, no podía ingresar al país. Pero en los últimos días fue visto en Neuquén Capital. Este miércoles fue atrapado cerca de Aluminé.

La decisión fue “revocar el extrañamiento, practicar un nuevo cómputo de la pena -contemplando el tiempo desde la expulsión hasta el día de la nueva detención en suelo argentino- y notificar del ingreso irregular del extranjero Velázquez Barrientos a la Dirección Nacional de Migraciones”. La defensa anticipó que recurrirá la sentencia.

El juez fundamentó su resolución en la normativa constitucional y nacional, así como también en la jurisprudencia nacional que había citado la fiscalía. También analizó el caso desde el concepto de “debida diligencia reforzada”, invocando la Convención de Belém Do (Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer).

“El deber de debida diligencia reforzada nos impone agotar todos los medios legales disponibles para la determinación de la verdad, la captura, el enjuiciamiento y el castigo de los responsables. Implica prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia contra las mujeres”, sostuvo el juez, dando recepción al planteo del abogado de la querella, quien representa a la madre y a la hermana de la víctima.

Te puede interesar...

Lo más leído

Leé más

Noticias relacionadas

Dejá tu comentario