Condenaron al camionero que chocó un minibus y mató a siete turistas en la Ruta 40
La justicia sostuvo que el chofer del camión no respetó las señales de tránsito y terminó impactando contra el rodado que llevaba 12 turistas.
La justicia declaró culpable a Daniel Osbel Curruhuinca, un camionero que chocó en la Ruta Nacional N°40 a un minibús que trasladaba turistas y mató a siete personas. El fatal accidente ocurrió en Villa La Angostura.
Por unanimidad, el tribunal integrado por los jueces Laura Barbé, Bibiana Ojeda e Ignacio Pombo confirmaron en las últimas horas, el pedido del fiscal del caso Adrián De Lillo y declaró la responsabilidad de Curruhuinca, por causar la muerte de siete personas, al impactar el vehículo en el que se trasladaban en la Ruta 40, en la cordillera neuquina.
El trágico accidente ocurrió el 11 de noviembre de 2023, cuando el acusado conducía un camión Scania y cerca de las 9:30 de la mañana impactó un minibús, entre el kilómetro 2079 y 2080 de la Ruta Nacional 40, en el sector denominado “Puntilla del lago”, en cercanías de Villa La Angostura. Circulaba en dirección hacia Bariloche, y el minibús lo hacía en sentido contrario con 13 personas en total, 12 pasajeros y el chofer.
Durante el alegato de cierre del juicio que concluyó el viernes pasado, De Lillo sostuvo que el chofer del camión no respetó la doble línea amarilla que estaba sobre la ruta y realizó “una maniobra hacia su izquierda, generando su ingreso al carril Este de la Ruta 40, invadiendo el espacio de circulación del minibus”.
Una pericia había revelado que ninguno de los vehículos tuvo fallas mecánicas, y que el camión invadió parte del carril por el que circulaba el minibús, lo cual generó la colisión. Esta fue la pieza clave que presentó el fiscal Adrián De Lillo, aunque por supuesto no la única prueba con la que se reconstruyó lo ocurrido.
Como consecuencia del impacto, fallecieron siete pasajeros: Alezandra Martínez; Li Mei Chi Rufina; Ylenia del Carmen León Carrillo; Alfredo Eduardo Ezquerra; Ester Alicia Levy; Paola Andrea Pereyra; y Carlos Alberto Tejerina Ibarra. Además, otras seis personas que también viajaban en el rodado resultaron lesionadas.
Durante la lectura del veredicto realizada este lunes, el juez Pombo anticipó que el fallo fue por unanimidad y luego anunció la condena. “Consideramos que la acusación logró demostrar su teoría del caso más allá de toda duda razonable”, indicó.
Asimismo, explicó que la decisión “se apoyó en la prueba pericial que se produjo en el juicio”, que “fue convalidada por el resto de la prueba que se produjo”.
A partir de la acusación fiscal, Curruhuinca fue condenado por el delito de homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales; en concurso ideal con lesiones culposas producidas por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas; todo en carácter de autor (artículos 84 bis segundo párrafo, 94 bis segundo párrafo, 45 y 55 del Código Penal y artículos 39 inciso “b” primer y tercer párrafo, 48 inciso “j” y 50 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449).
Durante el juicio, que demandó cuatro jornadas, hubo declaraciones testimoniales, de peritos mecánicos, médicos, efectivos policiales y prueba documental. De esta manera, luego de escuchar a todos los testigos, las partes pudieron dar sus alegatos.
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