Contralmirante Cordero: apareció borracho y reclamando un hijo años después de un "amorío"
Una mujer denunció a su ex por amenazarla e intento de agresión. Pedía la prohibición de acercamiento, pero la Justicia de Paz lo desestimó.
El Juzgado de Paz de Contralmirante Cordero desestimó la denuncia que presentó una vecina de esa localidad en la que acusó a un antiguo novio por violencia familiar, hechos que estarían comprendidos en la Ley 3040.
La jueza subrogante Marta Fuentes determinó que el caso no correspondía a una falta encuadrada en esa norma y dispuso de todos modos elevar las actuaciones al Juzgado de Familia de Cipolletti para que tome intervención.
La mujer había denunciado en la Comisaría 46 el último 19 de diciembre que mantuvo un “amorío hace años” con AVF -así lo identifican al hombre- “pero nadada más”. Puntualizó que eso fue “cuando tenía 18 años” y que desde entonces no tenía contacto con él.
Sin embargo sostuvo que ese día el ex “apareció en el patio de su casa” en estado de ebriedad y que “le reclamaba por su hijo”.
Pero ella aclaró que “no tienen ningún hijo en común”, dado que tiene un nene de tres años con otra pareja “pero no tiene ninguna relación con el denunciado”.
Agregó que en esa oportunidad AVF intentó agredirla, pero que no pudo porque intervinieron sus padres, quienes impidieron que se acercase a ella y le ordenaron al ofuscado sujeto que se retirara.
"... le iban a vaciar la casa"
Efectivamente se fue, pero antes le dijo que "iba a volver, que no se haga la pelotuda". La chica admitió que “no entiende porque apareció” ahora, ya que que hace años no lo veía.
En la presentación, pidió que le impusieran la prohibición de acercamiento porque suele quedarse sola en la casa y tiene miedo.
Además resaltó que durante el violento episodio escuchó que el agresor le dijo a su mamá “que no se haga la viva porque iba a llamar los pibes del Perón y le iban a vaciar la casa", en alusión a un robo.
Agregó en este sentido que sabe que AVF vive en el barrio Perón de Cinco Saltos y que también tiene conocimiento de que “consume drogas y anda robando”, y que precisamente por ese comportamiento había terminado la relación de noviazgo.
Interviene el Juzgado de Familia
No obstante la magistrada tras analizar los hechos narrados manifestó que “no se evidencia que exista un riesgo en la integridad física de la persona denunciante y tampoco tienen la gravedad necesaria para aplicar las medidas precautorias contempladas en la Ley D3040 de violencia familiar”.
Precisó que el objetivo de la norma es proteccional, y la adopción de medidas “tiende a hacer cesar la situación de violencia o riesgo en que se encuentren involucradas las partes, pero no debe utilizarse ello a fin de dirimir otras cuestiones para las que existen otros mecanismos previstos por la Ley”.
En cambio ordenó, dada la competencia delegada a la Justicia de Paz, poner en conocimiento al Juzgado de Familia cipoleño.
Además le informaron a la denunciante que, para garantizar el derecho de defensa, podrá requerir la asistencia de un abogado particular o en caso de carencia de recursos económicos, requerir el acompañamiento de un profesional a la Defensoría de Pobres y Ausentes.
Te puede interesar...
Lo más leído
Dejá tu comentario