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Estupro: abusó de una niña de 12 años, pero no irá preso porque ella "parecía más grande"

El hecho ocurrió en un inquilinato de Cipolletti en 2023. El hombre, que admitió su culpa, no irá preso, pero no podrá acercarse a la víctima y su familia.

Una niña que aún no había cumplido 13 años fue sola a una fiesta que se realizaba en un inquilinato de Cipolletti y terminó manteniendo una relación íntima en la habitación de uno de los residentes, que también participaba de la celebración.

La madre de la menor presentó una denuncia y el hombre identificado como AFCM fue imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal”, dado que se interpretó que la niña no pudo consentir “libremente la acción” por su corta edad, y la accedió con su pene vía vaginal.

Sin embargo, la investigación del hecho ocurrido en marzo de 2023, arrojó luego datos que aliviaban la responsabilidad del acusado, pues consideraron que actuó convencido que tenía más de 13 años, la edad mínima para consentir un encuentro sexual. Bajo ese parámetro le recalificaron la imputación, que quedó como estupro.

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El cambio permitió a las partes avanzar en un juicio abreviado planteado por el fiscal Diego Vázquez con los abogados defensores Andrea Segura y Roberto Berenguer.

La propuesta incluía imponerle una condena de 3 años de prisión en suspenso, es decir, que continuaría en libertad con el cumplimiento de medidas de comportamiento por el mismo lapso de tiempo. Se destacó que el acuerdo era factible porque AFCM carecía de antecedentes penales.

Entre los fundamentos del requerimiento, se mencionó que hubo un incidente similar ventilado en febrero de 2023 en la misma Circunscripción Judicial, en el que también se condenó a un sujeto por estupro, porque no sabía que la víctima tenía menos de 13 años.

Tuvieron en cuenta en el fallo que la misma chica le dijo que tenía más edad, pero además contemplaron su contextura física “que pudo llevarlo al desconocimiento”.

En este caso del inquilinato también se puso observó que el desarrollo de su cuerpo de la adolescente “hace suponer que posee más edad de la que tiene realmente”, sostuvo el fiscal. Incluso destacó que lo pudieron constatar en la declaración que realizó la chica en cámara Gesell, “pues superaba la altura de la psicóloga entrevistante”.

La confesión del acusado

AFCM aceptó el acuerdo ofrecido, por lo que quedó asentado que admitía haber cometido el hecho de estupro. Lo mismo expresaron sus defensores.

También la niña y sus padres manifestaron estar conformes con la resolución, y aclararon que “no quieren que el acusado se les acerque”, una de las pautas establecidas entre las medidas de comportamiento.

El juez Marcelo Gómez no objetó la propuesta y dictó la sentencia en los términos consensuados por las partes. Valoró la confesión del imputado y su ausencia de antecedentes, como también las pruebas aportadas por la Fiscalía, consistentes en declaraciones de testigos y de profesionales del equipo interdisciplinario de la OFAVI -Oficina de Atención a la Víctima-.

Avaló también el cambio de calificación “justificada y acorde con la información obtenida y por el deber de objetividad que ha tenido el Ministerio Público Fiscal”. Asimismo, sostuvo que la pena “es ajustada a derecho”.

A dos kilómetros de distancia

Junto con la prisión en suspenso, AFCM acordó el cumplimiento de pautas de comportamiento por el mismo lapso, tres años.

Por empezar, el hombre tiene prohibido acercarse a la niña y a su domicilio de Cipolletti a menos de 2.000 metros, como tampoco mantener ningún tipo de contacto en forma personal o por interpósita persona. A ello le agregaron que deberá someterse al control de la Población Judicializada de la provincia de Neuquén -donde se presume que reside- en las condiciones que ese organismo determine. Asimismo, debe presentarse en una comisaria local cada dos meses para informar sobre sus condiciones de vida.

El resto de las medidas son las de rigor: mantener el lugar de residencia declarado e informar en caso de mudanza; no cometer nuevos delitos y no consumir alcohol en exceso ni drogas en la vía pública.

Le advirtieron en caso de incumplimiento le revocarán la condicionalidad de la pena y la deberá cumplir tras las rejas.

El fallo de Gómez también determina que debe ser informado al REPROCOINS -Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual-.

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