Lo condenaron por golpear a su hijastro, un niño con retraso madurativo, pero sigue libre
El nene de 12 años contó que sufría maltratos en la escuela y sus autoridades hicieron la denuncia. El hombre confesó en un juicio abreviado y le dieron tres meses de prisión en suspenso.
Un hombre de Catriel admitió que golpeó con un cinto e hizo bañar en agua fría al hijo de su pareja, un nene que tenía 12 años de edad y padece retraso madurativo.
El agresor, identificado con las siglas M.A.G., fue condenado a tres meses de prisión en suspenso, por lo que continuará en libertad, aunque tiene que cumplir pautas de conducta por el lapso de dos años. Entre ellas, le ordenaron la prohibición de acercamiento al niño, quien llamativamente es rechazado por su madre, según surgió del juicio abreviado, en el que el padrastro confesó y acordó la pena.
Los repudiables hechos salieron a la luz cuando el menor le contó lo que había padecido a la fonoaudióloga que lo asiste en la escuela a la que concurre.
Dijo que la pareja de la madre lo había tomado del cuello y lo golpeó con un cinto en la espalda. Le mostró las marcas que le había dejado, por lo que la profesional alertó a la docente, quien de inmediato se lo comunicó la Directora del establecimiento, quien a su vez formalizó la denuncia penal.
Marcas del castigo
M.A.G. fue imputado por el delito de lesiones leves. La acusación describió que el hecho se produjo presumiblemente el 6 de noviembre del 2023, en hora no determinada con exactitud, cuando el chiquito se encontraba en el interior de la vivienda junto a la pareja de su madre, con quien convivía.
En esa ocasión y “con la intención de ocasionarle un daño en el cuerpo y en la salud”, el padrastro tomó con su mano al niño del cuello y lo “golpeó con un cinto en el sector de la espalda y lo obligó a bañarse con agua fría”.
El ataque, le ocasionó “escoriaciones en ambos lado del cuello, y dolor al tacto y a la movilidad”, lesiones que fueron calificadas como leves, por tener menos de 30 días de curación.
El juicio se llevó a cabo a mediados de diciembre del año pasado, y las partes, representadas por el fiscal de Catriel, Analía Díaz, el defensor Oficial Mario Nolivo que asistió a M.A.G. consensuaron cerrar la causa en un proceso abreviado e imponerle la pena de prisión en suspenso con las reglas de conducta.
El acuerdo fue avalado por la defensora de Menores, Alicia Merino, quien mencionó el diagnóstico de la víctima y destacó que estaba viviendo con la abuela paterna y que no tiene contacto con la madre “porque ella no quiere”.
Agregó que está interviniendo la SENAF -Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia- para intentar restablecer la comunicación entre ambos.
Por su parte el Defensor destacó que el acuerdo es alcanzado fue “producto de largas conversaciones con la Fiscal" y pidió dejar asentado que su asistido está casado con la madre el menor, y aclaró que el niño “se presenta en la parte exterior de la casa, que no tiene contacto con él” y que “tuvo que poner una cámara de seguridad para evitar problemas”.
Por último, M.A.G. aceptó el juicio abreviado y reconoció haber cometido el hecho.
Pruebas y declaración de culpabilidad
El juez Guillermo Baquero Lazcano declaró culpable al padrastro agresor y dictó el fallo como lo habían planteado las partes.
Sostuvo que además del reconocimiento de su culpa por parte del acusado -que carecía de antecedentes penales-, las pruebas aportadas por la Fiscalía fueron contundentes para arribar a la conclusión de responsabilidad.
Mencionó los testimonios del personal de la institución escolar donde el caso fue revelado, el brindado por el médico policial que certificó las lesiones que padeció el niño y también la declaración que hizo en cámara Gesell, donde dio detalles del episodio de maltrato. Sumó los informes del Gabinete de Criminalística que hizo las pericias y los de la Oficina de Atención a la Víctima y de operadores de la SENAF.
Triste: insiste en ver a su mamá y ella lo rechaza
En su fallo, el magistrado hizo especial hincapié a la inexplicable actitud de la madre del chiquito, que se niega tener contacto con él.
Ordenó dejar constancia en la audiencia que el nene quiere ver a su madre, pese a que ella tristemente lo rechaza, y destacó que “en razón de su especial situación no entiende y no acepta esa negativa”.
Por eso va hasta su casa donde vive con M.A.G. y permanece “en la parte exterior” .
Propuso que, de aceptar la mujer la revinculación y permitir que ingrese a su domicilio -tarea que aborda la SENAF-, el hombre deberá retirarse de la vivienday “no tener ningún tipo de contacto con él”.
Pautas de conducta
Además de los tres meses de prisión en suspenso, castigo que no lo lleva tras las rejas, M.A.G. deberá acatar pautas de comportamiento por el plazo de dos años.
Por empezar tiene que respetar la prohibición de acercamiento y contacto personal o por cualquier medio con el chico. Fijar domicilio, someterse al control de Patronato de Presos y Liberados, no cometer nuevos delitos ni abusar de bebidas alcohólicas ni consumir drogas.
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