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La Mañana violencia de género

Publicó una foto con su pareja y su ex le escribió: "Mostrá la cara a ver si lo dejamos vivir"

¿Amenaza? El hombre está condenado y su particular comentario le jugó en contra: le "sigue generando temor" a la víctima. Él aseguró que era la letra de una canción.

Después de que la víctima publicara una foto junto a su nuevo novio, su ex pareja condenado escribió en redes sociales: “Mostrá la cara a ver si lo dejamos vivir. Bendiciones, que dios lo bendiga”. La defensa sostuvo que se trataba de una simple letra de canción y pidió que se le retirara la tobillera electrónica, argumentando que ya había transcurrido el plazo fijado y que el hombre cumplía tratamiento voluntario en un centro de rehabilitación. Sin embargo, el juez de ejecución Lucas Lizzi resolvió mantener el dispositivo de control por GPS hasta el vencimiento de las pautas impuestas, al considerar que la conducta seguía generando temor en la víctima y que el condenado no comprendía la gravedad de sus actos.

La audiencia se llevó a cabo de forma remota mediante videoconferencia y contó con la participación de la fiscalía, la defensa, el condenado y la víctima. El planteo de la defensa se centró en que la condena, dictada en marzo de 2024, estableció un plazo de seis meses para el monitoreo, el cual —según su interpretación— ya se había cumplido. También hizo referencia a un informe favorable del centro de rehabilitación donde reside el condenado y a la ausencia de transgresiones documentadas en el expediente.

Frente a ese pedido, la fiscalía expuso que desde la condena ocurrieron nuevos episodios de hostigamiento, uno de ellos vinculado directamente con redes sociales. Según relató, la víctima subió una imagen de espaldas junto a su pareja, y minutos después el condenado publicó una frase intimidante que la fiscal consideró dirigida a ella y a su vínculo afectivo actual. La fiscalía agregó que la persona condenada ya había recibido un no cómputo de pena en diciembre de 2024 por incumplir una de las pautas, y que los antecedentes del caso exigían mantener activas las medidas de protección.

Pidieron que no le saquen la tobillera electrónica

Durante la audiencia, la víctima explicó que el mensaje no le llegó de manera directa, pero que el contenido la afectó profundamente. Contó que tenía bloqueado al condenado en redes, aunque el mensaje le llegó a través de terceros a los pocos minutos de su publicación. Afirmó que la tobillera electrónica era la única medida que le brindaba seguridad y pidió expresamente que no se la retiraran.

Por su parte, el condenado negó que el mensaje tuviera relación con la publicación de la víctima. Afirmó que la frase correspondía a una canción que escucha habitualmente y sostuvo que desconocía la existencia de una nueva pareja. También explicó que no tuvo contacto con ella desde que se inició una causa por desobediencia, y que su presencia en Cipolletti se limitó a una visita a sus padres.

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El juez Lucas Lizzi evaluó los argumentos de las partes y resolvió rechazar el pedido de la defensa. En su resolución, sostuvo que los hechos indicaban que el condenado no comprendía la dimensión de su conducta ni el alcance de las restricciones impuestas. Destacó que durante la audiencia se evidenciaron gestos que afectaron emocionalmente a la víctima y consideró que, en ese contexto, debía prevalecer la normativa de protección frente a la violencia de género. Hizo referencia a la ley nacional de protección integral, a la Convención de Belém do Pará y a la CEDAW.

El tribunal resolvió mantener el monitoreo electrónico por GPS hasta el vencimiento del plazo total de las pautas de conducta impuestas en la sentencia. También modificó la redacción de una de las cláusulas, con el objetivo de garantizar su función preventiva. La fiscalía quedó a cargo de tomar nota de los hechos mencionados durante la audiencia y evaluar si corresponde iniciar una nueva investigación. La defensa formuló reserva para su eventual revisión ante otra instancia. El dispositivo seguirá activo por orden del Poder Judicial.

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